Apuntes para una mejor norma urbana en Bogotá

Sergio Ballén

El "Estudio de Calidad de la Norma Urbanística" de Camacol evidencia que existen 668 normas urbanísticas vigentes de las cuales se desprenden otras que suman alrededor de 2.000 normas que se contradicen entre sí, y que incluso contradicen a la ley 388 de 1997 que es la ley rectora en la materia.

El artículo publicado en Portafolio.com el 30 de abril de 2010 llamado “Estudio de calidad revela fallas en norma urbanística de Bogotá” anuncia que la Cámara Colombiana de la Construcción - Camacol presentará un Estudio de Calidad de la Norma Urbanística ad portas de la siguiente revisión del POT, y pone en evidencia que existen 668 normas urbanísticas vigentes de las cuales se desprenden otras que suman alrededor de 2.000 normas que se contradicen entre sí, incluso contradicen a la ley 388 de 1997 que es la ley rectora en la materia.

Esto conlleva a una inseguridad jurídica y a una libertad de interpretación sobre las que se basan los diferentes trámites de licencias urbanísticas; en este sentido, yo y varios colegas arquitectos que me lo han manifestado, hemos tenido varios tropiezos el tramitar alguna de las licencias existentes, con más recurrencia la de "Reconocimiento de una edificación existente" y la" Licencia de Construcción modalidad Modificación". Estos tropiezos consisten en disyuntivas entre lo que pide el cliente y lo que es posible de acuerdo a la normativa, lo cual a veces se soluciona con un diseño acorde a la ley pero se termina construyendo diferente.

Existen casos donde al tramitarse el reconocimiento de una edificación existente (una edificación construida bajo ninguna norma o permiso y quiere ser reconocida) es necesario hacer tantos cambios para ajustarse a la norma que prácticamente toca cambiar la construcción en su totalidad, pero es claro que esto se sale del presupuesto del cliente, quien busca el reconocimiento de su construcción para ser beneficiario de algún subsidio, tener soporte ante algún procedimiento jurídico o simplemente “legalizar” la situación de su patrimonio inmueble, lo cual conlleva también al pago de impuestos.

Se estima que el 50% de las viviendas en Bogotá tienen origen informal y aún se presentan de manera acelerada en sectores marginales. Sin embargo, este problema no se da solo en las áreas periféricas y con carencias, ya que es posible identificar construcciones ilegales en zonas consolidadas. Si es necesario que todas estas construcciones concuerden con la normativa urbana para legalizar su situación, quiere decir que seguramente es necesario cambiar casi en su totalidad buena parte del parque habitacional de la ciudad. En teoría es buena idea porque es importante ajustarse a las normas sismo resistentes vigentes y de “habitabilidad” entre otras, pero en la práctica hay que reconocer que este escenario de legalización masiva es difícil por múltiples razones.

El reciente Decreto 1469 del 30 de abril de 2010 busca de cierta manera atender y facilitar las diferentes problemáticas relacionadas con las licencias urbanísticas, especialmente las de "Reconocimiento", al plantear que estas construcciones como mínimo deben cumplir con el uso previsto por las normas vigentes.

Este panorama de la construcción ilegal en Bogotá, la cantidad de normas contradictorias vigentes y sus recientes soluciones hacia la formalidad legal sirven para dejar sobre la mesa una discusión sobre cómo hacer más eficaces las pautas normativas pero sobre todo acordes con la realidad local, sin discriminar aquellas edificaciones que por diferentes motivos se han realizado de manera ilegal. Si esto se llevara a cabo, por ejemplo, estos aspectos podrían implicar la aprobación de licencia de reconocimiento a una construcción con un proyecto estructural basado en un peritaje (como lo dispone la norma actual) pero cuyos cambios en la distribución arquitectónica no superen el 20% o 25% de alteraciones del esquema construido original.

Lo más importante antes de generar propuestas es superar el desorden y especulación normativa con una legislación realizada democráticamente entre diferentes gremios, afectados y especialmente los arquitectos en ejercicio, para aportar su punto de vista crítico y enterarnos mejor acerca de los fundamentos y aplicaciones de una norma ajustada a las necesidades reales de todos.

Este es un tema importante ya que nos referimos a las normativas que rigen la futura actividad constructora de la ciudad y es también significativo el aporte de arquitectos y de las entidades competentes como Camacol, el Departamento Administrativo de Planeación Distrital (DAPD) y las curadurías para su modificación o cambio.

**Sergio A. Ballén Zamora es Arquitecto y Magíster en Hábitat y Vivienda por la Universidad Nacional de Colombia, sede Bogotá. Autor del libro Vivienda social en altura: Tipologías urbanas y directrices de producción en Bogotá.

Comentarios

Realmente es dificil sacar una Licencia de Reconocimiento, ademas hay que tener en cuenta que las personas que quieren legalizar su inmueble, es gente que con gran esfuerzo han construido su edificacion, y que en la mayoria de los casos tienen varios años de construccion, pero la ley indica que debe cumplir con las normas actuales, lo que es imposible, ademas por ser proyectos tan pequeños parece ser que no se le presta la atencion debida, y existen muchos trabas, que al final hacen que la mayoria de los clientes desistan de legalizar, y esto desanima a los clientes a no construir y legalizar, o en el caso contrario a continuar la construcion sin el debido permiso. Por eso estos proyectos para el profesional responsable es mejor no aceptarlos.

El reconocimiento de una obra en la realidad es casi imposible, más aun cuando se debe aplicar normas vigentes, y mas aun cuando el cliente esta sujeto a un proceso donde posiblemente le apliquen multas o sanciones, es un cuchillo doble, donde se paga para una licencia que despues lo va a perjudicar en su bolsillo. M e gustaria saber si hay alguna jurisprudencia, norma o escepcion para lograr conseguir un reconocimiento donde la norma pueda no aplicarse en cu totalidad.

DIEGO
De acuerdo a mis visitas a curaduría (de hace tiempo), no existen excepciones para aplicar la norma urbana y eso imposibilita efectuar reconocimiento tal como usted lo indica. Justamente por eso planteo en este artículo que se debería pensar en aplicar la norma parcialmente o en porcentaje en casos de reconocimiento de edificaciones de acuerdo a su antigüedad.

Toca preguntar ante los asesores de curaduría en qué casos y como puede aplicar el nuevo Decreto 1469 del 30 de abril de 2010 (mencionado aquí) para reconocimiento de edificaciones, pues según este, basta con que las construcciones cumplan con el uso.

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